Cláusulas suelo hipotecarias
Se entiende por cláusula suelo una cláusula que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca inmobiliaria ocasionada por una compra de una vivienda, aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo o bajen.
Es decir, si se fija un Euribor+0,5% y el Euribor está en el 1% se debería pagar un 1,5% de intereses; pero si la cláusula suelo está en el 2%, por mucho que bajara el Euribor se seguiría pagando dicho 2%.
Al respecto la legalidad de estas cláusulas la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013 fijó que:
Las cláusulas suelo son lícitas, siempre y cuando se cumplan con el principio sustantivo de transparencia.
Las cláusulas suelo objeto de litigio son ilegales por faltar a dicho principio de transparencia.
No procede la restitución del dinero cobrado indebidamente por las entidades financieras.
¿QUÉ QUIERE DECIR ESTA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO?
Que la existencia en un contrato hipotecario de cláusulas suelo es válido siempre que vengan detalladas de forma clara y trasparente, es decir, de forma separada del resto de clausulado y correctamente identificadas.
Que las cláusulas suelo presentes en los contratos hipotecarios españoles por norma general no respetan el principio de transparencia dando lugar a la nulidad de la misma.
El principal problema surge en determinar desde cuándo es recuperable el dinero pagado de más, puesto que la anterior sentencia lo limitaba a lo pagado desde el 9 de mayo de 2013 mientras que los consumidores defendían que fuera desde el inicio.
Este último punto está siendo objeto de discusión por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en donde a falta de sentencia, el abogado de la UE, defiende limitar la devolución de los importes pagados hasta el 9 de mayo de 2013. La sentencia final se conocerá a finales de 2016.
¿QUÉ HACER SI TENGO UNA CLÁUSULA SUELO?
Pese a la declaración por parte del Tribunal Supremo de la nulidad de las cláusulas suelo cuando adolezcan del vicio de transparencia, su retirada para el cliente no es automática (salvo las entidades que han decidido retirarla).
En estos casos deben acudir a la vía judicial solicitando la declaración de nulidad de su cláusula suelo correspondiente, y si el tribunal considera que dicha cláusula suelo carece de la transparencia suficiente será anulada y el cliente tendrá derecho a la devolución de los importes pagados en exceso desde el 9 de mayo de 2013 hasta la fecha, incrementado en sus intereses oportunos.
ONEPISO Y NUESTROS ASESORES LEGALES
Desde ONEPISO comprobamos en la compra de viviendas e inmuebles que las cláusulas que se firman en una hipoteca no contengan ninguna ilegalidad y sean lo más favorable para nuestros clientes.
Para más información puede ponerse en contacto con cualquiera de nuestros asesores.