Qué es un Certificado Energético: preguntas frecuentes
- ONEPISO
- 3 oct 2016
- 2 Min. de lectura
Aprovechamos la publicación de hoy para dar información a nuestros clientes sobre unos de los asuntos que, si bien han pasado ya varios años desde la aplicación del mismo, siempre se siguen produciendo dudas con respecto al mismo. A continuación podréis leer rápidamente todo lo que es necesario conocer relativo al certificado energético, y convertiros en "mini expertos" en el tema.

En primer lugar aclarar que si bien utilizamos la palabra de "certificado energético" para referirnos al mismo de manera habitual, el nombre correcto del certificado es "certificado de eficiencia energética".
¿Qué es y cuál es el origen del certificado de eficiencia energética?
El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, impuso la obligación de poner a disposición de los compradores de una vivienda un certificado en el que se incluya información veraz sobre la eficiencia energética de la vivienda, y los valores de referencia de las misma a fin de que los propietarios puedan comparar y evaluar la eficiencia energética de las viviendas antes de proceder a la compra o alquiler del inmueble.
En este sentido, dicho Real Decreto, fue basado en una Directiva proveniente de la Unión Europea, que esperaba que gracias a hacer obligatorio el certificado, los propietarios eligieran entre edificios con una mejor eficiencia energética, logrando importantes ahorros en el consumo de energías (principalmente energía eléctrica por medio de la luz consumida en la vivienda, y sobre todo, el consumo energético a través de la necesidad o no de tener que encender la calefacción durante más horas para poder calentar la casa).
¿Es obligatorio para alquilar o vender mi casa?
Según el artículo 2 del Real Decreto, la obligatoriedad de obtener el certificado de eficiencia energético le corresponderá a:
Edificios de nueva construcción.
Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m² y que sean frecuentados habitualmente por el público.
Es decir, tanto si vendemos o alquilamos edificios de obra nueva o que sean de segunda mano, necesitaremos obtener un certificado energético que permita conocer a los compradores o arrendatarios la calidad energética y la eficiencia de nuestra vivienda.
¿Qué sucede si no lo tengo?
El hecho de no poseer un certificado de eficiencia energética sería causa para iniciar un régimen sancionador con multas desde leves a muy graves, pudiendo establecerse una cuantía de 600 a 3.000€.
¿Dónde puedo conseguirlo?
Existen numerosas empresas profesionales que ofrecen certificados de eficiencia energética a los clientes, con precios que varían desde los 100€ hasta los 350€, dependiendo de la localización de la vivienda y del tamaño de la misma, con una duración de 10 años.
Recordaros que en ONEPISO ofrecemos a nuestros clientes el certificado de eficiencia energética de manera gratuita a todos nuestros clientes que quieran vender o alquilar una vivienda.
Si quieres contactarnos para alquilar o vender su propiedad, no dudes en llamarnos al 91 007 37 52, o escribirnos un email a través del formulario de contacto.
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